APRUEBAN REFORMA PARA DEFINIR REQUISITOS ACADÉMICOS DE TITULARES DEL PODER EJECUTIVO

16 Enero 2026

Con el objetivo de dar certeza jurídica y establecer criterios claros sobre la preparación académica de quienes encabezan las dependencias del Poder Ejecutivo, la Comisión de Estudios Legislativos y Reglamentos, aprobó un dictamen de decreto que reforma el artículo 6 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado.

Durante la sesión de la comisión, presidida por la diputada Itzul Barrera Rodríguez, se avaló la modificación en la que se establecen los requisitos académicos para ser titular de alguna dependencia o entidad, incluyendo cargos como jefe de gabinete, coordinador general o secretario.

El dictamen aprobado señala que, además de lo dispuesto por la Constitución Política del Estado de Jalisco, para ocupar la titularidad de una dependencia o entidad se deberá ser ciudadano mexicano y contar con un título profesional de licenciatura o posgrado, o su equivalente, debidamente expedido y registrado ante la autoridad educativa competente, preferentemente en la materia sustantiva de la dependencia o entidad respectiva, o bien acreditar experiencia en el ramo.

De igual forma, se avaló que el artículo sexto establezca que los titulares de las dependencias y entidades podrán ser nombrados y removidos libremente por el Gobernador del Estado, salvo que las leyes dispongan algún procedimiento especial para ello, quedando así reformado dicho artículo de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.