
Con el fin de garantizar derechos sociales y fortalecer la protección de grupos vulnerables, la Comisión de Puntos Constitucionales y Electorales del Congreso del Estado, presidida por la diputada Norma López Ramírez, aprobó diversos dictámenes e iniciativas en materia de seguridad social, salud y derechos humanos.
Se avaló elevar a consideración del Congreso de la Unión una iniciativa de decreto para reformar el artículo 133 de la Ley del Seguro Social, a fin de eliminar la disposición que establece que la pensión de viudez se pierde al contraer matrimonio o vivir en concubinato, garantizando que este derecho solo cese con el fallecimiento del beneficiario.
Asimismo, se aprobó la iniciativa que reforma el artículo 135 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para precisar que las personas divorciadas o separadas de una unión civil no tendrán derecho a la pensión, salvo que exista una condena judicial de alimentos y siempre que no haya otros beneficiarios con derecho preferente.
De igual manera, se avalaron modificaciones a los artículos 448 y 455 del Código Civil del Estado de Jalisco para reforzar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, estableciendo medidas precautorias como hipoteca, prenda o descuento de salarios, además de sanciones para quienes incumplan órdenes judiciales o auxilien al deudor en ocultar bienes.
También se acordaron reformas a la Ley de Salud estatal, que obligan a recopilar estadísticas de embarazos en menores de edad, fortalecen los servicios de planificación familiar e impulsan políticas públicas para prevenir embarazos de adolescentes y reducir nacimientos prematuros, así mismo se aprobó la minuta de reforma constitucional en materia de trasparencia, para efecto de que se armonice con la federación.
Finalmente, se aprobó un dictamen que modifica diversos artículos del Código Penal e incorpora el artículo 232 Ter para tipificar los crímenes de odio motivados por orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales, estableciendo sanciones más severas para estos delitos y prohibiendo expresamente las llamadas terapias de conversión.