MODIFICAN LEYES ESTATALES PARA QUE FUNCIONARIOS PÚBLICOS ESTÉN AL DÍA EN SUS DECLARACIONES PATRIMONIALES

03 Febrero 2022

En sesión ordinaria encabezada por la diputada Priscilla Franco Barba, legisladores avalaron diversas reformas de las leyes para los Servidores Públicos del Estado y la de Salud del Estado de Jalisco. En lo que corresponde a la primera, queda en los siguientes términos:

“En todos los casos, para la expedición del nombramiento será requisito indispensable que el interesado no tenga pendiente de presentar ninguna declaración patrimonial ni de intereses en su caso de constancia de presentación de la declaración fiscal por ningún otro empleo en el servicio público en cualquier nivel de gobierno, lo cual deberá declararlo bajo protesta de decir verdad.

Será nulo el nombramiento que se expida sin que esté cubierta la condición señalada en el párrafo anterior o en caso de que se compruebe la falsedad del interesado mediante procedimiento que instaure la entidad pública en los plazos y términos establecidos en la ley.”

Así también, en lo que corresponde a la Ley de Salud, se establece que tendrá que haber un espacio designado para la lactancia materna, para las madres servidoras públicas que así lo requieran por un lapso de 30 minutos para cada 6 horas laboradas.

Por otro lado, se modifican varios artículos de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Jalisco, para que  se indiquen los índices de medición del abandono o deserción escolar; la retroalimentación y las propuestas de las contralorías sociales o consultas públicas en relación con los programas de desarrollo social; los resultados de las evaluaciones que se realicen de los programas de desarrollo social en los que participe el Gobierno del Estado o los Municipios; y estudios e investigaciones sobre el desarrollo social en el Estado.

En otro tema, avalaron la reforma a la Ley de Salud Mental para el Estado de Jalisco, para que en el caso de niñas, niños y adolescentes cuyo diagnóstico confirme la existencia de un padecimiento mental que requiera su internamiento, éste deberá efectuarse en un establecimiento o área específicamente destinada a la atención de menores; de igual forma, se deberán tomar las medidas necesarias a fin de proteger los derechos que consigna la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Jalisco.

Finalmente, modificaron la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, para que cuando sesione el Pleno de manera telemática el sistema de votación electrónica se hará a través de una plataforma que garantice la legalidad y certeza jurídica del voto de las diputadas y los diputados, y que permita identificar y registrar el voto individual de cada diputada y diputado, respecto de las cuales, se deberá levantar una constancia de la votación nominal firmada por el Secretario de la Mesa Directiva que se designe. Cualquier diputada o diputado puede pedir que se rectifique el sentido de su voto, previo a la declaración del resultado de la votación por la Mesa Directiva.