A TRAVÉS DE UNA REFORMA DE LEY DIPUTADOS BUSCAN GARANTIZAR LOS DERECHOS DE COMUNIDADES INDÍGENAS

24 Agosto 2016

Los diputados que integran la Comisión de Asuntos Indígenas del Congreso de Jalisco, buscan que la legislación en la materia sea incluyente, respetuosa y promotora del desarrollo de las comunidades originales. Para lograrlo, se llevó a cabo una consulta seria, programada y responsable con los principales interesados del tema, misma que arrojó una iniciativa de reforma integral a la Ley Indígena del Estado.

En rueda de prensa, la Diputada Fela Patricia Pelayo López, informó que dicho documento será presentado formalmente al Pleno mañana jueves 25 de Mayo, donde iniciará el proceso legislativo para su estudio y posible aprobación. El anuncio lo realizó acompañada de distintos líderes y autoridades tradicionales, quienes respaldan la propuesta.

“Se hizo una consulta pública, no solamente por parte de la Comisión, sino que fue un esfuerzo en el que participaron todas las comunidades indígenas, lo hicieron con el requerimiento de que se les reconozcan y respeten todos sus derechos".

“La reforma abarca diferentes aspectos, por una parte el reconocer a las comunidades como sujetos de derecho, que ahora tendrán una personalidad jurídica colectiva, ahora tendrán el derecho a la consulta previa, libre e informada”, expuso la Diputada.

Resaltó además que la iniciativa es un documento completo pero sobre todo es una propuesta que emana de propia voz de los interesados, argumento que ratificaron José Ángel Díaz Serio, gobernador tradicional de San Sebastián; Vicente Paredes Perales, indígena Coca de la comunidad de Mezcala; Gaudencio Mancilla, del Concejo de Ancianos de Ayotitlán y Minjares Valdez Bautista, comisario de Bienes Comunales de Santa Catarina.

Principales ejes de la reforma:

Sujeto de derecho: Se dota de personalidad jurídica a las comunidades indígenas para ejercer derechos colectivos, con lo que se garantiza su derecho a ejercer su propia forma de gobierno, la validez de sus sistemas normativos internos y el reconocimiento al territorio en el que ejercen su jurisdicción.

Consulta: Se fortalece el derecho a la consulta previa, libre e informada que debe hacerse a las comunidades indígenas cuando se pretendan realizar actos administrativos, proyectos y planes de desarrollo o legislación que les afecte directamente, dándole carácter vinculatorio a las decisiones tomadas por las comunidades.

Padrón: En sí, aunque el artículo referente al Padrón de Comunidades no se toca en la reforma, con el reconocimiento que se hace con el genérico de “pueblos originarios” así como la división que se señala en el punto anterior, la CEI estaría obligada a incluir a los pueblos originarios asentados en el estado dentro del padrón.

Educación: La educación que imparta el Estado en las comunidades indígenas será bilingüe e intercultural, con obligación del Estado en el ámbito de su competencia de establecer en los planes y programas de estudios oficiales, contenidos que permitan generar un conocimiento de las culturas originarias de la Entidad, que describan y expliquen la cosmovisión indígena, su historia, sus formas de organización, sus conocimientos y prácticas culturales; las comunidades deberán participar en la elaboración de estos programas.

Justicia: Se reconoce la validez de los sistemas normativos internos de las comunidades, las resoluciones basadas en estos sistemas serán respetadas dentro y fuera de la comunidad por las demás autoridades; se garantiza el derecho a contar con traductor e intérprete bilingüe que además conozca la cultura del pueblo originario en cualquier proceso judicial del que sean partes.

Migrantes: Respecto a este tema, se propone establecer un concepto genérico de pueblo originario que defina a los indígenas en general, realizando una clasificación en la ley, para los pueblos originarios del estado (los que son nativos de la entidad) y los pueblos originarios asentados en el estado (aquellos que llegaron de otra entidad), con lo que se deja de utilizar el término “migrante”.

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