SE APRUEBA INICIAR EL ESTUDIO A FONDO DE SEIS SOLICITUDES DE JUICIO POLÍTICO

25 Abril 2017

Cuatro son contra Luis Carlos Vega Pámanes, como Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia,  y dos por aparentes irregularidades de ex presidentes municipales.

La Comisión de Responsabilidades aprobó por mayoría de votos los dictámenes de incoación de seis solicitudes de juicio político, para entrar de fondo al proceso del análisis de los actos e irregularidades denunciadas, cuatro de las cuales son en contra del ciudadano Luis Carlos Vega Pámanes, entonces Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco. Las otras dos, contra el ex Presidente Municipal de Ocotlán, Enrique Robledo Sahagún, así como de Francisco Javier Álvarez Chávez, Juan Manuel Delgado de la Cruz, Francisco Javier Arias Sánchez y José Luis Rodríguez Ortiz, como ex Presidente Municipal el primero, y los demás ex tesoreros del ayuntamiento de Tamazula de Gordiano.

Las solicitudes de juicio político en contra de Vega Pámanes corresponden al expediente 28/2016, presentada por Daniela del Carmen Alcocer Carles, Héctor Enrique Medina Espinosa, Guillermo Alejandro Gatt Corona, Héctor Jorge González Schmal, Gerardo Valdez Santaella, Jorge Alejandro Torres González, Patricio Varela Bello, Patricio Fernández Cortina y Pablo Medina Magallanes.

El del expediente 29/2016, presentado por Víctor Hugo Hernández Escobedo, Lilia Margarita Benítez Virgen, Angélica Adriana Anguiano Palafox, Baldomero Buenrostro Vásquez, Carlos Cortés Espinosa, Juan Carlos Cortés Álvarez, José de Jesús Sánchez Díaz y Sandra Yadira Velázquez Ramos.

Otro más con expediente 30/2016, presentado por Juan Manuel Lepe González, y el cuatro con el número 31/2016, por Marco Valerio Pérez Gollaz. Al respecto, los actos u omisiones denunciados en los expedientes, de los que informó el Director del Órgano Técnico de la Comisión, Lic. Armando Espinoza del Toro, son los siguientes:

Que el día 29 de julio de 2016, el Magistrado Luis Carlos Vega Pámanes, actuando en su carácter de Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, realizó una llamada telefónica al Comisario de la Policía de Guadalajara, para abogar por varias personas que se encontraban detenidas por la portación de armas de fuego, acontecimiento que fue difundido ampliamente por diversos medios de comunicación locales y nacionales.

Se divulgó la grabación de la llamada, acto que realizó como un favor a un amigo de un grupo empresarial, circunstancia que al decir de los denunciantes contraviene su obligación en su momento, de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficacia que debe observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, toda vez que se extralimitó en las facultades que la ley le otorga como magistrado, al aprovechar de forma indebida, abusar y utilizar de manera ilegal su investidura para gestionar favores a particulares, para que se les otorgara un trato preferencial y parcial.

Los hechos fueron reconocidos públicamente como verídicos por Vega Pámanes, mediante rueda de prensa, realizada el día 12 de octubre de 2016, al manifestar: “lo que hice, como Presidente del Poder Judicial, fue una llamada institucional al Comisario de Guadalajara, para que los detenidos se pusieran a disposición de la autoridad competente, pues la persona que me llamó, me comentó que los tenían incomunicados y dando vueltas, y que no sabían donde se encontraban, e incluso el mismo Comisario cuando le llamé ni sabía de la detención”.

El informe del Órgano Técnico señala que el servidor público denunciado no tenía facultades para intervenir solicitando ayuda especial a favor de personas detenidas por una corporación de seguridad pública municipal, ya que no se encuentra prevista en el marco legal que regula su entonces función como Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, y se enumeran los artículos que infringió de la Constitución Política de Jalisco, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la reglamentaria del Supremo Tribunal.

En consecuencia, se propone que procede declarar la incoación del procedimiento de juicio político en los expedientes referidos, ya que provocó un trastorno grave en el funcionamiento  normal de las instituciones a las cuales sirvió.

Las denuncias contra ex munícipes

Por lo que se refiere al ex Presidente Municipal de Ocotlán, Enrique Robledo Sahagún, los denunciantes manifiestan que durante su desempeño aumentó de manera injustificada su patrimonio, y el acervo probatorio aportado resulta ser apto, bastante y concluyente para evidenciar posibles violaciones al interés público fundamental y su buen despacho, toda vez que con las copias certificadas de su nómina, así como de las escrituras públicas de bienes inmuebles de su propiedad, y de la revisión de las declaraciones patrimoniales presentadas ante el Congreso del Estado, se demuestra que no declaró bienes adquiridos, ni la venta de otros, además de que la relación de ingresos y egresos económicos del servidor público denunciado, no resulta coincidente ni justificable con el incremento de su patrimonio, durante el tiempo que gobernó.

La otra solicitud de juicio político que recibió la incoación, es contra el ex Presidente Municipal de Tamazula de Gordiano, Francisco Javier Álvarez Chávez y los ex tesoreros Juan Manuel Delgado de la Cruz, Francisco Javier Arias Sánchez y José Luis Rodríguez Ortiz.

Los denunciantes manifiestan que en la administración municipal 2012-2015, presidida por Álvarez Chávez se publicó el día dos de marzo de 2015, en el número ocho de la Gaceta Municipal del ayuntamiento, una inversión de 700 millones de pesos en obra pública diversa en todo el municipio. Solicitaron información relacionada a las obras publicitadas y ejecutadas, por medio de la Unidad de Transparencia e Información Pública de Tamazula, además de la obtención de diversas probanzas documentales, de las cuales advierten que en las obras realizadas existen anomalías que causaron un posible desfalco al erario público, toda vez que no se comprueba de forma clara, cuál fue el destino de dichos recursos públicos. Por lo tanto, se deduce que las pruebas son suficientes para demostrar la existencia de actos u omisiones que deben considerarse para el juicio político, procediéndose a la incoación.

Al respecto, el Diputado Jorge Arana Arana, vocal de la Comisión, manifestó que entre el 90 y 95 por ciento de las solicitudes de juicio político resultan improcedentes, por ser inconsistentes, por lo que no prosperan, ya que lo que se pretende es el daño político a los servidores públicos. Es el caso de la denuncia contra el ex Presidente Municipal de Ocotlán, ya que la formula el Alcalde actual, Paulo Hernández.

Precisó que Robledo Sahagún ya tenía bienes desde antes de ocupar el cargo, todas las cuentas públicas de su administración fueron aprobadas por la Auditoría Superior del Estado. La esposa del ex funcionario también cuenta con ingresos y no se tomaron en cuenta para la denuncia, y otras cuestiones que dejó sobre la mesa, por lo que considera que posiblemente se desechará dicha solicitud, y es justamente lo que estableció en la iniciativa legislativa que presentó recientemente, a fin de que se valore más si se aceptan o se rechazan las solicitudes, antes de que sólo busquen un daño, venganza o desprestigio.

En respuesta, la Diputada Presidente de la Comisión, María del Pilar Pérez Chavira, manifestó que por el momento se está actuando conforme a lo dispuesto por la ley vigente y sus procedimientos, y que en efecto, los elementos a los que hizo alusión serán analizados cuando inicie el proceso de incoación, independientemente del resultado del dictamen de la propuesta legislativa que planteó.

Juicio de amparo del Magistrado Alberto Barba

Por otra parte, el mismo Órgano Técnico de la Comisión dio a conocer lo relativo al juicio de amparo número 1028/2017 que el Magistrado Alberto Barba Gómez promovió en contra del actuar del Congreso del Estado, sobre el juicio de procedencia JDP/012017.

El día 24 de este mes a las 11.00 horas, se recibió notificación en la Oficialía de Partes del Congreso, de la resolución del incidente de suspensión del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, por medio de la cual se le concede al quejoso la suspensión definitiva de los actos reclamados.

Aclara el Órgano Técnico que los recursos legales que el Magistrado Barba Gómez ha promovido ante los juzgados federales, y en los cuales se le ha otorgado la suspensión definitiva, siendo este el caso, significa que “gana tiempo para que el Pleno del Congreso del Estado no pueda configurarse como jurado sancionador de los actos que se le señalan. Sin embargo, la suspensión que se le otorga no significa que tiene la razón o que no podrá ser sancionado en el futuro”.

                                                                                 ---oo0oo---