REFORMA CONSTITUCIONAL PARA NORMAR SALARIOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

Con la reforma constitucional para que ningún servidor público gane más que el gobernador  o el superior jerárquico y que los sueldos sean aprobados por el Congreso del Estado, con la opinión del Comité Técnico de Transparencia y Valoración Salarial (CTTVS) se cumple una deuda que los legisladores tenían con los jaliscienses, confiándose en que los altos funcionarios harán el ajuste a la baja de sus percepciones con el criterio de austeridad que se requiere ante la situación económica del país. Asimismo, es necesario legislatar más en fiscalización para acotar la corrupción.

El dictamen de la iniciativa de decreto que conjuntó las propuestas del titular del Poder Ejecutivo, de la diputada Gabriela Andalón Becerra, de la Legislatura anterior y de la diputada Rocío Corona Nakamura y del diputado Hugo Contreras Zepeda, de la actual, tuvo algunas modificaciones en la sesión ordinaria de este día, y especifica en el artículo 111 de la Constitución Política del Estado:

“Los servidores públicos de los órganos del Poder Público del Estado, de los municipios, de los organismos con autonomía constitucional, dependencias y entidades, así como cualquier otro ente, órgano u organismo público estatal o municipal, percibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo, o comisión; misma que se integrará conforme  a las leyes aplicables que será proporcional a sus responsabilidades y se determinará anual y equitativamente en los respectivos presupuestos de egresos, bajo los principios de austeridad, disciplina presupuestal, racionalidad, certeza, motivación y demás requisitos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución y las leyes reglamentarias que de las mismas emanen”.

Las remuneraciones serán determinadas conforme a las siguientes bases:

I.- Ningún servidor público percibirá remuneración por el desempeño de una función, empleo, cargo o comisión, igual o mayor a la que determine el Congreso en el Presupuesto de Egresos para el gobernador del Estado.

II.- Ningún servidor público percibirá remuneración igual o mayor que la aprobada por su superior jerárquico inmediato, o que sea mayor a la establecida por el cargo público de naturaleza similar previsto en el Presupuesto de Egresos correspondiente.

 

 

Lo anterior, excepto en los casos en que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos, que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo, derivado de un trabajo técnico calificado o por su especialización en su función, la suma de dichas retribuciones no deberá exceder la mitad de la remuneración establecida para el gobernador del Estado en el Presupuesto de Egresos.

III.- Ningún servidor público podrá percibir remuneración adicional alguna por el desempeño de los cargos, comisiones, representaciones o alguna otra función similar, que ocupe de manera inerte, derivada o complementaria al cargo principal.

IV- Queda prohibido para las autoridades competentes, establecer en el Presupuesto de Egresos, bonos anuales, gratificaciones por el fin del encargo u otras percepciones de similar naturaleza, adicionales a la remuneración, con excepción de lo dispuesto por el artículo 61 de esta Constitución.

V.- Las remuneraciones brutas de los servidores públicos serán determinadas en los respectivos presupuestos de egresos estatales y municipales; los cuales contendrán los tabuladores desglosados de dichas remuneraciones.

VI.- Las conductas que impliquen el incumplimiento o la elusión de lo previsto por este artículo serán perseguidas y sancionadas conforme a los procedimientos y plazos que establezcan las leyes.

Por otra parte, el artículo segundo transitorio establece que las remuneraciones de los servidores públicos que al momento de la entrada en vigor del presente decreto se encuentren en contravención con el artículo 111, párrafo segundo, fracciones I y II de la Constitución, no podrán ser disminuidos, pero permanecerán sin variaciones o incrementos nominales las anualidades que sean necesarias, a fin de ajustarse a los principios, lineamientos y bases establecidos en el presente decreto. Esta regla se aplicará sólo durante la vigencia del nombramiento que los servidores estuvieran desempeñando a la entrada en vigor de este decreto, cualquier otro nombramiento otorgado de manera posterior, deberá sujetarse a lo establecido por esta Constitución.

Posicionamientos

Al respecto, la diputada María del Pilar Pérez Chavira a nombre de su fracción se manifestó a favor porque es un instrumento para cumplir con las expectativas de los jaliscienses sobre austeridad, disciplina presupuestal, legalidad y transparencia, y desde la pasada Legislatura los diputados del PAN presentaron la iniciativa que hoy se discutió y coincide con la propuesta por la diputada Corona Nakamura, que pretende evitar excesos en los sueldos de los altos funcionarios.

Debido a la difícil situación económica en que se encuentra el país dijo que el “Congreso tiene la obligación de debatir, desde esta tribuna, el salario que percibe el gobernador, que es el quinto más alto de nuestro país y por encima de entidades como Puebla, Querétaro, San Luis Potosí o Baja California”, por lo que considera que los sueldos de los altos funcionarios deben estar acordes a esta realidad e hizo un llamado para que ajusten sus percepciones a la baja de manera voluntaria.

Por su parte, el diputado Augusto Valencia López dijo que “topar los salarios no es suficiente y no resuelve un problema de fondo, en la grave crisis que hay en las instituciones con el tema de la corrupción”, por lo que confía en que la Legislatura adecúe los modelos de fiscalización, para inhibir y acotar la corrupción y se encuentren mecanismos de sanción.

 

El diputado Hugo Contreras Zepeda dejó asentada la voluntad política de todos los grupos parlamentarios, “porque al final de cuentas todos coincidimos que era un tema que teníamos que tratar, que estaba pendiente para los jaliscienses y creo que ponderó la voluntad política y el interés general”, por lo que está respondiéndose a los intereses de los ciudadanos al conjuntarse las iniciativas con la que presentó el gobernador del Estado, cubriéndose así una deuda pendiente.

Finalmente, el diputado José García Mora expresó que además de ser un tema de transparencia, tiene que ver con la  optimización de recursos y que los trabajadores al servicio del Estado tengan los sueldos conforme a su función y no con excedentes, y se sumó a lo expresado por el diputado Valencia López, Destacó que habrá orden para fijar los salarios en términos de la austeridad que se requiere actualmente.

“Día del Mariachi”.

En otro tema, se aprobó el dictamen de decreto que declara el 27 de noviembre de cada año como “27 de Noviembre Día del Mariachi”, a iniciativa de la diputada María de Lourdes Martínez Pizano, modificándose el artículo segundo para quedar como sigue: “El Poder Ejecutivo del Estado y los 125 ayuntamientos del Estado establecerán las acciones que resulten conducentes para celebrar el 27 de noviembre como “Día Estatal del Mariachi”, en conmemoración de la fecha que la UNESCO otorgó la denominación de Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad al “Mariachi, música de cuerdas, canto y trompeta”, que propusieron los diputados Kehila Abigail Kú Escalante y José García Mora.

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