
Con el propósito de fortalecer la protección de derechos, el acceso a servicios públicos y la seguridad jurídica en la entidad, el Pleno del Congreso del Estado, presidido por Julio César Hurtado Luna, aprobó en segunda lectura diversos dictámenes con impacto en la protección de las mujeres, el suministro de agua potable, la regulación del ejercicio profesional en el área de la salud, así como en la planeación del desarrollo y el fortalecimiento institucional.
En materia de protección a las mujeres, se aprobaron reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Jalisco, al Código Civil y al Código Penal del Estado, para reconocer y sancionar la violencia vicaria; el dictamen establece que esta forma de violencia se configura cuando el cónyuge, concubino o el hombre que mantenga o haya mantenido una relación de hecho, noviazgo o cualquier otra relación sentimental ejerce violencia de género o abuso de poder para causar daño o perjuicio a una mujer utilizando como medio a sus hijas o hijos, familiares, personas allegadas, seres sintientes o bienes con los que la víctima tenga un vínculo afectivo.
La reforma establece que a quien cometa el delito de violencia vicaria se le impondrá de cuatro a ocho años de prisión y de cien a quinientas jornadas de trabajo comunitario que en ningún caso serán conmutables sin perjuicio de las sanciones que correspondan por otros delitos cometidos; asimismo, el juez deberá decretar, garantizando el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, así como la seguridad e integridad de la mujer y demás personas afectadas, la suspensión o pérdida de la patria potestad y de la guarda y custodia; la suspensión, restricción o supervisión del régimen de visitas o convivencias, y la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima o con las víctimas indirectas.
Asimismo, se aprobaron reformas a la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus Municipios, en donde se establecen bases generales para la prestación de los servicios públicos de agua potable y su distribución, con el objetivo de garantizar el suministro mediante mecanismos alternos cuando se interrumpa el servicio regular. La modificación contempla que, en coordinación con los municipios y organismos descentralizados encargados del servicio, el abastecimiento pueda realizarse a través de pipas de agua en casos de interrupción del suministro, asegurando el acceso equitativo y prioritario a las zonas con mayor grado de afectación y vulnerabilidad; también se contemplan disposiciones relacionadas con drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición final de aguas residuales, conforme a lo dispuesto en la legislación aplicable en la materia.
En materia de salud y protección a la ciudadanía, se reformaron disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Jalisco y el Código Penal del Estado para establecer sanciones a quienes se atribuyan el carácter de especialista dentro de profesiones como medicina, odontología, biología o bacteriología sin haber cursado los estudios correspondientes en instituciones con reconocimiento de validez oficial ni contar con el título académico respectivo válido en la República Mexicana. La reforma establece sanciones de dos a doce años de prisión y multas de 200 a 600 veces el valor diario de la UMA a quien incurra en esta práctica.
En materia de planeación, se reformó la Ley de Planeación Participativa para el Estado de Jalisco y sus Municipios, para definir con mayor claridad el contenido del Plan Estatal de Desarrollo, incorporando diagnóstico, temas prioritarios, ejes, objetivos, indicadores, estrategias y su alineación con el Plan Nacional de Desarrollo. La modificación permite integrar desde etapas tempranas las propuestas recabadas en los consejos de planeación, así como mecanismos como la consulta popular y el presupuesto participativo.
También se aprobaron reformas a la Ley de Obra Pública, la Ley de Vivienda y al Código Urbano del Estado de Jalisco, con el fin de actualizar la supletoriedad procesal y sustituir la referencia al antiguo código estatal por el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, con lo que se busca evitar vacíos legales en procedimientos administrativos y civiles y asegurar que la resolución de daños, nulidades y sanciones se realice conforme al nuevo marco federal.
En otro acuerdo, se establecieron reglas sobre inhabilitación de proveedores sancionados por faltas administrativas graves, definiendo plazos según el monto de la afectación y considerando los casos en los que no exista daño, perjuicio o beneficio alguno.
De igual forma, se reformó la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Jalisco y sus Municipios, para fomentar el desarrollo del deporte y las academias deportivas por la paz como herramientas de prevención del delito, promoción de estilos de vida saludables, apropiación del espacio público y fortalecimiento del alto rendimiento deportivo.
Asimismo, se aprobaron reformas a disposiciones sobre bienes del Estado y al Código Fiscal de Jalisco, para dar certeza jurídica en materia de ventas, avalúos y remates, armonizando la legislación estatal con el marco nacional, sin modificar derechos sustantivos ni generar impacto presupuestal.
Finalmente, se aprobó la creación de la Ley de Fomento al Cooperativismo en el Estado de Jalisco, con el objeto de impulsar y fortalecer a las sociedades cooperativas como un modelo basado en la solidaridad y la ayuda mutua, orientado a la inclusión social, el bienestar económico y el desarrollo sostenible.




