MODIFICAN PROCESO PARA ELEGIR A CONSEJEROS DE LA JUDICATURA Y MAGISTRADOS DEL SUPREMO TRIBUNAL

15 Octubre 2020

En la sesión extraordinaria, los legisladores acordaron modificar el procedimiento para la elección de Consejeros Integrantes del Consejo de la Judicatura y de Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Poder Judicial, previstos en el Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco.

Entre las reformas se incluye que los consejeros deberán distinguirse por su capacidad, honestidad, honorabilidad en el ejercicio de las actividades jurídicas, así como reunir los requisitos exigidos para poder ser Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia de la entidad; el Consejo de la Judicatura estará integrado con cinco miembros, de los cuales uno será el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, quien lo presidirá, uno se elegirá de jueces de primera instancia que tengan más de tres años en el cargo y los otros tres, serán de origen ciudadano.

Una vez cerrado el registro de los aspirantes, el Congreso del Estado remitirá al Comité de Participación Social del Sistema Anticorrupción del Estado, copia de los expedientes de los aspirantes, para que practique las evaluaciones curriculares y de aptitudes, y elabore un informe con sus opiniones técnicas de idoneidad de cada aspirante, el cual deberá ser remitido al Congreso del Estado, dentro del plazo señalado en la convocatoria, cada grupo parlamentario a través de su presidente y cada representación parlamentaria puede enviar a la comisión, una lista de candidatos propuestos, de entre los aspirantes inscritos.

Los cinco aspirantes, por vacante, que obtengan la mejor calificación en el examen teórico práctico, serán los candidatos elegibles. En caso de empate en las posiciones, accederán las personas aspirantes que se encuentren en este supuesto. Una vez aprobada la lista, la Asamblea debe elegir al consejero, de entre los candidatos elegibles, por el voto de cuando menos las dos terceras partes de los diputados y las diputadas presentes, en votación por cédula.