MODIFICAN NORMATIVA PARA LA ELECCIÓN DE JUECES MUNICIPALES

31 Agosto 2023

En reunión de la Comisión de Seguridad y Justicia que preside el diputado Tomás Vázquez Vigil, los legisladores integrantes aprobaron la iniciativa de ley que reforma la fracción IV del artículo 57 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública del estado de Jalisco, y el artículo 15 de la Ley de Justicia Alternativa del estado de Jalisco.

En lo referente al artículo 57 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública queda de la siguiente manera: IV. Se requiere contar con título universitario en la licenciatura, en derecho o abogado, y preferentemente estar certificado como mediador por el Instituto de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco.

Lo anterior en cuanto a los requisitos para poder ser juez municipal.

Lo correspondiente a la reforma el artículo 15 de la Ley de Justicia Alternativa, queda como sigue: Artículo 15.- Las cámaras empresariales, los colegios de profesionistas, los organismos estatal y municipales del Sistema para el Desarrollo lntegral de la Familia, y los juzgados municipales, podrán funcionar como centros de resolución de conflictos a través de los medios alternos, en las áreas de su actividad, previa acreditación otorgada en los términos del artículo 13, salvo aquellos que tengan dichas facultades por disposición de la ley.

Participaron en la sesión de trabajo los diputados Gerardo Quirino Velázquez Chávez, Hugo Contreras Zepeda, Leticia Fabiola Cuan Ramírez y Claudia Murguía Torres.