La suplantación de identidad se convierte en delito

Aprobadas por el Congreso reformas al Código Penal con este fin.
Con reformas al Código Penal aprobadas hoy por el Congreso del Estado, se tipifica el delito de suplantación de identidad a quien por medios electrónicos o a través de Internet, se atribuya los datos de otra persona, generando con ello un daño moral o al patrimonio, al obtener un lucro indebido, lo que se sancionará con prisión de tres a ocho años y multa de mil a dos mil salarios mínimos.
El dictamen de decreto de la iniciativa del diputado Miguel Hernández Anaya, establece que se aumentará hasta en una mitad las penas previstas, a quien se valga de homonimia, parecido físico o similitud de la voz para cometer este delito, así como en el supuesto en que el sujeto tenga licenciatura, ingeniería o cualquier grado académico en el rubro de informática, computación o telemática.
Sobre ese asunto, el diputado presidente de la Comisión e Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos, Hernán Cortés Berumen, se congratuló de que se haya aprobado este dictamen, en virtud de los casos de suplantación se han presentado en perjuicio de muchas personas.
En la primera sesión ordinaria de este día, también se votó a favor el dictamen que reforma diversos artículos del Código de Asistencia Social, con el propósito de que se realicen acciones de apoyo para los migrantes en estado de vulnerabilidad, que transitan por el territorio de la entidad, en coordinación con autoridades de los tres niveles de gobierno, de acuerdo con la iniciativa de la diputada Mariana Arámbula Meléndez.
En virtud de las difíciles condiciones en afrontan los migrantes que transitan por Jalisco, la legisladora Arámbula Meléndez destacó la trascendencia que tendrá esta reforma, para que las instituciones públicas los apoyen con los programas que tienen vigentes.
Igualmente se aprobaron modificaciones a la Ley del Notariado, a propuesta del diputado Héctor Pizano Ramos, para que la Secretaría General de Gobierno, la Procuraduría Social o el Consejo de Notarios, apoyados en indicios que hagan probable la existencia de causa de incapacidad para el desempeño de su función, podrán requerir al notario en funciones que acuda a una institución del sector salud, con domicilio en el Estado de Jalisco, dentro de los diez días hábiles siguientes a partir de la fecha en que sea notificado, con la finalidad de que ésta dictamine si existe algún impedimento físico o psíquico que lo imposibilite a desempeñar esas actividades.
En los asuntos agendados para segunda lectura, se votó a favor la cuenta pública del ayuntamiento de Ocotlán, correspondiente al ejercicio fiscal de 2010.