INSTITUTO DE INVESTIGACION LEGISLATIVA IMPARTE CONFERENCIA SOBRE ACOSO ESCOLAR

                                                                                                                                                                                   

Como parte de los trabajos realizados por el Instituto de Investigaciones y Estudios Legislativos del Congreso del Estado, la Dra. en Derecho Verónica Sánchez García impartió una conferencia a padres de familia del Instituto “José Cardenal Salazar”; Institución de carácter educativo, con el fin de concientizar en el tema del acoso escolar; fenómeno que representa un problema en muchos centros escolares del estado.

Expresó la ponente que hablar de “bullying” desde el campo del derecho es importante, porque significa que el gobierno reconoce que el problema existe y, por lo tanto, se trabaja para enfrentarlo; los diputados se han preocupado por legislar en materia de convivencia, seguridad y violencia escolar, ya que la situación es grave en Jalisco.

De acuerdo con información, los casos de violencia entre niños y jóvenes registrados este año casi triplican el cálculo previsto por las autoridades educativas, las cuales esperaban 55 sucesos, y en lo que va del año van más de 145 casos reportados. 

Lo anterior, dijo, lleva a pensar que ninguna norma que se haga contra la violencia escolar es la solución o su erradicación,  porque se requiere de la participación activa y constante de todos los que forman parte de cada una de las instituciones escolares, es decir, padres, directivos y maestros unidos.

Refirió que una de las principales cuestiones e inquietudes de los padres de familia y de las autoridades escolares, es conocer quién es el responsable en caso de que ocurra desde un incidente hasta un  accidente en el Centro Docente, con motivo del “bullying”. Recordó que quien provoca un daño debe indemnizarlo, ya que esta es una regla contemplada en el Código Civil del Estado de Jalisco, bajo la figura denomida Responsabilidad Civil, la cual se define como la obligación que nace para las personas que con su comportamiento (ya sea por acción u omisión) causan perjuicios.

En materia civil se indica que para quienes ejercen la patria potestad o custodia de un menor, tienen la obligación de responder de los daños y perjuicios causados por todo acto que éste realice. Sin embargo, no recaerá responsabilidad cuando el menor, al momento de que se presenten, se encuentra bajo el cuidado y vigilancia de otras personas en guarderías, colegios, talleres y cualquier otra institución que implícitamente está obligada a ejercer a atenderlos.

Asimismo, refirió que la Ley de Educación del Estado de Jalisco señala que en la impartición de todo tipo de educación para menores de edad, se deberán tomar las medidas que aseguren al educando la protección y cuidados necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social, sobre la base del respeto a su dignidad; aplicar la disciplina escolar compatible con su edad; Implementar programas permanentes de capacitación y orientación en prevención y atención de acoso y la violencia escolar; asistencia y primeros auxilios para accidentes..

Para finalizar la exposición, la investigadora del Congreso del Estado hizo referencia a la Ley de Justicia para Adolescentes, en cuanto al aspecto penal de la responsabilidad de un adolescente declarado responsable de un hecho señalado como delito, en donde el ordenamiento señala que responderá por éste en la medida de su culpabilidad de forma diferenciada a la de los adultos, ya que radica en el sistema especial y sanciones previsto; y que la comisión del hecho delictivo se entenderá en relación a los términos del Código Penal.

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