DEROGAN EL DELITO DE INFANTICIDIO PARA DEJARLO COMO PARRICIDIO Y APLICAR UNA PENALIDAD MAYOR

21 Junio 2016

 

DEROGAN EL DELITO DE INFANTICIDIO PARA DEJARLO COMO PARRICIDIO Y APLICAR UNA PENALIDAD MAYOR

En la sesión del Congreso también se aprobaron requisitos para consejeros ciudadanos contra la discriminación.

 

El Congreso del Estado aprobó derogar el delito de infanticidio del Código Penal, previsto en el artículo 225, ya que un crimen de esta naturaleza no debe ser atenuado en razón del parentesco materno y menos aún por motivos de honor, sino por el contrario, agravado tal y como se contempla en el tipo de parricidio, establecido en el numeral 223 del mismo ordenamiento. Por lo tanto, se castigará de 25 a 45 años de prisión y no sólo de seis a diez años, como sucede actualmente.

Precisa el artículo 223 que se impondrán de 25 a 45 años de prisión al que dolosamente prive de la vida al cónyuge o a cualquier ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta o colateral hasta en cuarto grado, hermano, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, sabiendo el delincuente esta relación.

La iniciativa del Diputado Jorge Arana Arana destaca que “es evidente que la conducta que se castiga en el tipo penal de infanticidio se encuentra prevista en el delito de parricidio, ya que la madre es quien priva de la vida a su menor hijo, haciéndolo de manera dolosa ya sea por acción u omisión y a sabiendas lógicamente de de la relación con su ascendiente…”. También se deroga el artículo 226 y se reforma el 342 del mismo Código, por su relación con dicho delito.

Contra la discriminación

Por otra parte, se validaron modificaciones a diversos artículos y se adicionó el 34 bis a la Ley Estatal para Promover la Igualdad, Prevenir y Eliminar la Discriminación, y se refprmó el artículo  79 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, a iniciativa de los diputados Víctor Manuel Sánchez Orozco, de la anterior Legislatura y Rocío Corona Nakamura, de la actual, para entre otros temas, establecer los requisitos que deben cumplir los ciudadanos aspirantes a integrar el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Jalisco, que son los siguientes

Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; demostrar conocimiento y trabajo en materia de discriminación o defensa de los derechos humanos; tener reconocimiento entre los grupos de la sociedad civil organizada por su probidad, honestidad y capacidad; residencia en el Estado durante los tres años previos al día de la designación y ser propuesto para la representación por alguna organización de la sociedad civil, como lo planteó la Diputada Nakamura al solicitar la modificación del dictamen.

Los cuatro consejeros ciudadanos electos durarán en su cargo cuatro años, con posibilidad de ser reelectos por una sola ocasión. Los suplentes actuarán en caso de ausencia temporal mayor a 30 días o definitivas del titular respectivo, y el suplente será convocado por el propio Consejo a través del presidente.

El Consejo podrá, a propuesta de su presidente, invitar, con derecho a voz, a otras dependencias, entidades, organismos públicos o no, académicos o de expertos en temas vinculados cuando lo considere conveniente.

Las facultades del Congreso del Estado son la revisión de la legislación, con el objeto de establecer propuestas tendientes a garantizar la igualdad, equidad y tolerancia, así como evitar la discriminación en los distintos grupos sociales. La elección y en su caso la ratificación de los consejeros, en los términos de la ley, y las políticas, planes y programas para fortalecer los derechos humanos.

Promoción de la cultura

Se votó a favor el dictamen que reforma el artículo 2-Ter de la Ley de Fomento a la Cultura del Estado, para quedar como sigue: “El Estado y los ayuntamientos promoverán los medios para la difusión y el desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa, atendiendo el principio de no discriminación”. La iniciativa corresponde a la diputada Claudia Delgadillo González y tuvo una modificación propuesta por la Diputada Rocío Corona Nakamura. Se adhirió la Diputada Kehila Kú Escalante, quien preside la Comisión de Cultura.

Modificaciones del clima

Finalmente, se aprobaron modificaciones y adiciones a las leyes de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como la relativa para la Acción del Cambio Climático, con el propósito de otorgar facultades a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial para realizar las investigaciones científicas correspondientes sobre el impacto ambiental que generan los mecanismos de modificación artificial del clima en el Estado, a efecto de que con los resultados obtenidos se analice la viabilidad de regular, prohibir o en su caso autorizar de manera especial dichas prácticas.

En la iniciativa del Diputado Enrique Aubry de Castro Palomino se analiza la problemática  por el uso de cañones antigranizo, y las versiones a favor y en contra de su uso para prevenir afectaciones en algunos cultivos; que causan daños a la salud; que no hay alteraciones ambientales, pero la realidad es que faltan pruebas concluyentes, por lo cual se recurre a dicha Secretaría para que se hagan las investigaciones necesarias.

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