BUSCARÁN PRISIÓN POR ATAQUES CON SUSTANCIAS TÓXICAS, CORROSIVAS O INFLAMABLES

07 Septiembre 2022

Reconocer, tipificar y sancionar la violencia física producto de los ataques con sustancias corrosivas, tóxicas o inflamables en contra de terceros, y establecer como agravante el que los anteriores se realicen en contra de mujeres y niñas, fue el objeto de la sesión de trabajo realizada por la Comisión legislativa de Igualdad Sustantiva y de Género, que preside la diputada María Dolores López Jara.

Se trata de la reforma a los artículos 10, 30 y 41, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y el Capítulo II Bis, al Título Décimo Sexto y el Artículo 212 Bis al Código Penal, ambos del Estado de Jalisco, y donde se establecen penas que van hasta los 15 años de prisión a quien realice este tipo de agresiones, pudiéndose incrementar al doble cuando éstas se cometan en contra de una mujer y existan antecedentes de violencia doméstica.

La propuesta establece también que se deberán diseñar, actualizar e implementar protocolos de actuación en materia de violencia en razón de género para estos supuestos, además de regular y sancionar la venta sin licencia de ácidos o sustancias corrosivas, tóxicas e inflamables; y se establece que el personal de salud deberá́ notificar al Ministerio Público de los casos de lesiones provocadas por agentes químicos que reciban, para que el anterior otorgue el reconocimiento de la calidad de víctimas, y tramite los procedimientos de reparación integral del daño que correspondan.

Para lo anterior, y a fin de perfeccionar la iniciativa antes de subir al Pleno, se propone establecer mesas de trabajo con autoridades estatales, víctimas y especialistas, a fin de construir la mejor propuesta.

En otro tema, se aprobó la iniciativa de decreto por las que se reforma el artículo 4° de la Constitución Política del Estado, y donde se reconoce el derecho que toda persona tiene al cuidado digno que sustente su vida y le otorgue los elementos materiales y simbólicos para vivir en sociedad; al tiempo que define el trabajo doméstico no remunerado y de cuidado realizado en el propio hogar, como trabajo que produce bienes y servicios con valor económico agregado.

Acorde a lo anterior, se señala que será la Ley reglamentaria quien establecerá las bases y normas para el reconocimiento de dichas tareas, así como las políticas y programas que se requieran para la atención prioritaria de las personas en situación de dependencia.

Participaron en la sesión de trabajo, las diputadas Claudia Murguía Torres, Fabiola Cuan Ramírez, Erika Ramírez Pérez, y Claudia García Hernández.