APRUEBAN MODIFICACIONES A LEY DEL INSTITUTO DE PENSIONES

Prohíbe que enajene, ceda o transfiera a particulares derechos de crédito o préstamos.

A fin de proteger y salvaguardar los derechos de seguridad social de los servidores públicos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó la iniciativa de ley que adiciona un último párrafo a la fracción tercera del artículo 27 de la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco.

Con esta modificación, el Instituto no podrá ceder a particulares, a título oneroso o gratuito, los derechos que como acreedor posea por el otorgamiento de prestaciones sociales que conceda a sus afiliados.

En otro asunto, la diputada presidenta de la Comisión, Clara Gómez Caro, dio a conocer a los miembros de este órgano parlamentario que el CESJAL (Consejo Económico y Social del Estado de Jalisco) le envió una investigación que realizó sobre el fomento al empleo en el estado. Asimismo, solicita que se propongan diversas reformas legales para incentivarlo.

Por tal motivo, la diputada Gómez Caro informó que en breve estará presentando una propuesta para realizar mesas de trabajo, con el objeto de recopilar iniciativas que ayuden a la promoción del empleo en  la entidad.

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B1017-COM.TRAB.Y.PREV.SOC.SV.