APRUEBAN DICTÁMENES SOBRE SANCIONES ECONÓMICAS Y PENALES POR DELITOS EN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

 La Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos, que preside el diputado José Hernán Cortés Berumen,  aprobó dos dictámenes de las iniciativas sobre las bases de la  conducta  en los espectáculos deportivos y los mecanismos para prevenir la violencia, así como las sanciones económicas y penales a quienes introduzcan o tengan en su poder cualquier tipo de objeto o arma; cometan delito de lesiones, daño en las cosas u homicidio.

Se trata de las propuestas del diputado Miguel Castro Reynoso, para crear el capítulo XII a la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Jalisco, denominado “De la Prevención de la Violencia Deportiva”, y la que adiciona el capítulo “De Violencia en Espectáculos Públicos”,  que reforma y deroga disposiciones del Código Penal, presentada por el Titular del Poder Ejecutivo, la cual se sumará, en el Pleno del Congreso, a otras iniciativas del grupo parlamentario del PAN y del diputado Jesús Palos Vaca.

Respecto a esta última, se impondrán de seis meses a cuatro años de prisión a quien introduzca o porte cualquier tipo de objeto o arma;  de seis meses a cinco años y multa por el importe de 50 a 300 días de salario mínimo, a quien inicie o incite a otros a que cometan delitos de lesiones, daño en las cosas u homicidio, o cualquiera otro, antes, durante o después del evento en estadios.

De seis meses a dos años de prisión y multa de 40 a 200 días de salario al que lance objetos que pongan en riesgo o no la vida e integridad física de las personas; de seis meses a tres años de prisión y multa de 100 a 500 días de salario, al que entre a los terrenos de juego sin autorización o interrumpa la continuidad del evento, y agreda a personas o cause daños en estadios.

Asimismo, de seis meses a cinco años de prisión y multa de 100 a 500 días de salario, a quien inicie o incite riñas antes, durante o después del evento en estadios, centros deportivos o en espectáculos públicos, dentro de las instalaciones o fuera de las mismas. Cuando se cometan en contra de elementos de seguridad pública, la pena se aumentará hasta en una mitad más.

Ley de Prevención Social

En la sesión de trabajo de la Comisión, también se votó a favor el dictamen de decreto que aprueba con modificaciones la creación de la Ley de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, a iniciativa del diputado José Luis Munguía Cardona.

Tiene por objeto establecer las bases y lineamientos entre el Estado y los municipios en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia, con la participación ciudadana en el marco del Sistema Nacional y Estatal de Seguridad Pública. Con esta ley se crea el Centro de Prevención Social del Estado de Jalisco, que pertenecerá a la Secretaría de Ejecutiva del Consejo Estatal de Seguridad Pública, el cual podrá emitir opiniones y recomendaciones respecto a los programas y políticas públicas en materia de prevención de la violencia y la delincuencia.

Otro de los temas tratados, fue desechar la iniciativa de Ley de Muerte Asistida, promovida el diputado Roberto Mendoza Cárdenas, en virtud de que regula aspectos de salubridad general, facultad reservada al Congreso de la Unión, en los términos del artículo 73 fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del artículo 3 y el Título Octvo bis denominado “De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal”.

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