JALISCO, MéXICO, 05/02/2012 05:19 AM


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Introducci贸n


 

JUSTIFICACI脫N LEGAL

Todo servidor p煤blico obligado, en los t茅rminos que fija la ley, y para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempe帽o de su cargo tendr谩 la obligaci贸n de presentar con oportunidad y veracidad la declaraci贸n de situaci贸n patrimonial ante el organismo competente. De igual manera, de conformidad con la Ley de responsabilidades de los servidores p煤blicos del Estado de Jalisco en su art铆culo 79, tercer p谩rrafo, establece que la autoridad encargada de recibir las declaraciones de situaci贸n patrimonial tiene la obligaci贸n de publicar en el peri贸dico oficial 鈥淓l Estado de Jalisco鈥 la lista de aquellos ciudadanos que no la hubieren presentado en los t茅rminos que marca la ley. En tal virtud y a efecto de transparentar la lista de servidores p煤blicos obligados que fueron omisos y con las facultades que le confiere el art铆culo 79 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores P煤blicos del Estado de Jalisco, el 脫rgano T茅cnico de Responsabilidades del Congreso del Estado tiene a bien hacer p煤blico dicho listado en cumplimiento irrestricto de la ley para el conocimiento de la ciudadan铆a en general as铆 como de las instancias correspondientes.

 

Bolet铆n Informativo de la Comisi贸n de Responsabilidades.

El d铆a 04 de agosto del a帽o 2010, los ex servidores p煤blicos que se desempe帽aron como diputados de la LVIII legislatura, Key Tzwa Raz贸n Viramontes y Guadalupe N煤帽ez Rodr铆guez, presentaron su declaraci贸n de situaci贸n patrimonial final de manera extempor谩nea. No obstante, la entrega de su declaraci贸n no los exime de enfrentar el procedimiento administrativo respectivo ante el Pleno del H. Congreso del Estado, a trav茅s del acuerdo dictado en sesi贸n extraordinaria de la H. Comisi贸n de Responsabilidades celebrada el d铆a 03 de agosto del 2010 de acuerdo a lo que se帽ala el art铆culo 83 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores P煤blicos, toda vez que la infracci贸n a 茅ste ordenamiento ya fue cometida.

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Ultima Publicaci贸n del Archivo: 2012-02-02.

PREGUNTAS FRECUENTES


1. 驴Qu茅 es una declaraci贸n patrimonial?

Son formatos que contienen informaci贸n personal, econ贸mica, de control de ingresos y egresos que tiene un servidor p煤blico, as铆 como una relaci贸n sucinta de bienes (muebles e inmuebles) cuya finalidad es que el estado conozca la situaci贸n patrimonial que detenta el servidor p煤blico antes, durante y al concluir su encargo, con el objeto de prevenir el enriquecimiento il铆cito por parte de los servidores p煤blicos.

2) 驴Qui茅nes est谩n obligados a presentarla?

Los servidores p煤blicos que se encuentran obligados a presentar su situaci贸n de declaraci贸n patrimonial son aquellos que se encuentran dentro de supuesto del art铆culo 78 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores P煤blicos y que en s铆ntesis, son servidores p煤blicos que tienen cargos directivos, de coordinaci贸n, encargados de valores, as铆 como funcionarios de primer nivel que por su cargo ostentan control de personal y manejo de valores.

Para mayor ilustraci贸n se transcribe el numeral que establece de manera espec铆fica los servidores p煤blicos obligados a presentar su situaci贸n de declaraci贸n patrimonial:

LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES P脵BLICOS

Art铆culo 78. Tienen obligaci贸n de presentar la declaraci贸n de situaci贸n patrimonial:

I. En el Poder Legislativo, ante el Congreso del Estado, atendiendo a lo dispuesto por su Ley Org谩nica: los Diputados, el Secretario General, el Auditor Superior, los Directores, Jefes de Departamento, Supervisores, Auditores, Coordinadores y encargados de valores as铆 como, los dem谩s servidores p煤blicos que determine el Congreso del Estado;

II. En el Poder Ejecutivo, ante la Contralor铆a del Estado:

a) Todos los servidores p煤blicos de confianza desde el gobernador del Estado, los titulares de las secretar铆as, hasta los jefes de secci贸n, incluyendo a los jefes y subjefes de recaudadoras de rentas, directores, cotizadores, glosadores, auditores, supervisores, encargados de almac茅n y quienes con motivo de sus funciones administren fondos y valores del Estado, as铆 como los contralores internos de las secretar铆as y dependencias;

b) En la Procuradur铆a General de Justicia, adem谩s de los anteriores se帽alados, incluyendo al titular, los subprocuradores generales y coordinadores, directores, agentes y secretarios del Ministerio P煤blico, comandantes, jefes de grupo y agentes de la Polic铆a Judicial;

c) En la Procuradur铆a Social, incluyendo al titular, los coordinadores, directores, secretarios y defensores de oficio;

d) En la Contralor铆a del Estado, todos los servidores p煤blicos de confianza;

e) En la Secretar铆a de Vialidad y Transporte, los comandantes de escuadr贸n, peritos en accidentes y jueces calificadores del Departamento de Tr谩nsito;

f) En la Secretar铆a General de Gobierno, los comandantes y jefes de grupo de la Direcci贸n de Seguridad P煤blica y los inspectores de Trabajo y Previsi贸n Social, el presidente y los secretarios de los concejos paternales en el Estado;

g) En la Junta de Conciliaci贸n y Arbitraje, el presidente de la misma y los presidentes de las juntas especiales, as铆 como los secretarios, incluyendo a los auxiliares;

h) En las entidades del sector p煤blico paraestatal, los directores, gerentes, contralores internos, subdirectores, jefes y subjefes de departamento, jefes de secci贸n y oficina, encargados de almac茅n y quienes con motivo de sus funciones administren fondos y valores; y

i) Los dem谩s servidores p煤blicos que determine el titular del Ejecutivo.

 

III. En el Poder Judicial, ante el 贸rgano que determine su Ley Org谩nica: los magistrados, los consejeros generales, los oficiales mayores y jueces de primera instancia, secretarios, as铆 como directores y subdirectores, y los dem谩s que determine el Pleno del Consejo de la Judicatura;

IV. En los Gobiernos Municipales, ante el Congreso del Estado por conducto de los Ayuntamientos: los presidentes municipales o presidentes de los concejos municipales, regidores, concejales, s铆ndicos, secretarios generales, tesoreros, encargados de la hacienda municipal, subtesoreros, secretarios, directores, subdirectores, delegados municipales, contralores, jefes y subjefes de departamento, jefes y subjefes de oficina, comandantes, oficiales mayores, oficiales del registro civil, supervisores, auditores, subauditores generales, contadores y subcontadores en general, administradores y, cajeros generales, cajeros pagadores e inspectores y los dem谩s servidores p煤blicos que se establezcan para tal efecto en los reglamentos municipales.

Tendr谩n tambi茅n la obligaci贸n de presentar su declaraci贸n, los servidores de los organismos p煤blicos descentralizados municipales que sean equiparables a los que se帽ala la fracci贸n II inciso h) del presente art铆culo;

V. En el Tribunal de Arbitraje y Escalaf贸n, por conducto de su presidente: los magistrados, secretarios y oficiales notificadores o sus equivalentes, ante el 贸rgano que determinen su Ley Org谩nica y sus reglamentos;

VI. En la Comisi贸n Estatal de Derechos Humanos, ante el Congreso del Estado, por conducto del presidente incluyendo a 茅ste: secretarios comisionados, directores de 谩rea y dem谩s personal que determine el Congreso del Estado;

VII. En el Instituto Electoral y de Participaci贸n Ciudadana del Estado, ante el Congreso del Estado, por conducto del presidente incluyendo a 茅ste: consejeros electorales con derecho a voto, directores de 谩rea y dem谩s personal que determinen sus estatutos y reglamentos;

VIII. En el Instituto de Transparencia e Informaci贸n P煤blica del Estado, ante el Congreso del Estado, por conducto del Presidente del Consejo, el Presidente, consejeros ciudadanos, Secretario Ejecutivo, directores y jefes de departamento y dem谩s personal que determine su reglamento; y

IX. En todas las entidades a que se contrae este art铆culo, los que ostenten la representaci贸n jur铆dica de la entidad para la que laboran, los jefes y subjefes de compras o quienes hagan sus veces ante los 贸rganos que les correspondan, de conformidad a las fracciones que integran este art铆culo.

 

3) 驴Cu谩les son los plazos y los tipos de declaraciones patrimoniales que la ley establece?

La ley establece tres tipos de declaraciones que deben ser presentadas por los servidores p煤blicos obligados en tiempo y forma, que son: la declaraci贸n inicial que se presentan al inicio de su encargo, la declaraci贸n anual que deber谩 de presentarse todos los a帽os que dure en el encargo y durante los meses de enero a mayo, y la final que deber谩 de presentarse dentro de los treinta d铆as naturales despu茅s de que haya culminado su periodo en el encargo.

4) 驴Cu谩les son las sanciones a las que se hacen acreedores los servidores p煤blicos que incumplan con su obligaci贸n de presentar su declaraci贸n patrimonial?

En caso de incumplimiento de las obligaciones consignadas en las declaraciones inicial y anual, el 贸rgano correspondiente (contralor铆as de los ayuntamientos y otras autoridades facultadas) requerir谩n por oficio al superior jer谩rquico del omiso para que conmine de inmediato al servidor p煤blico a cumplir con su obligaci贸n en un t茅rmino de quince d铆as naturales, contados a partir del momento en que sea requerido.

Si transcurrido dicho t茅rmino el superior jer谩rquico o el servidor p煤blico omiso no cumplen con su correspondiente obligaci贸n, se les instaurar谩 el procedimiento de responsabilidad al que se refiere la Ley de Responsabilidades de los servidores p煤blicos en cap铆tulo IV pudiendo ser sancionados con la destituci贸n o con la inhabilitaci贸n hasta por un a帽o.

En caso de incumplimiento de la declaraci贸n final se instaurar谩 el procedimiento a que alude la Ley de Responsabilidades de los servidores p煤blicos en cap铆tulo IV el art铆culo 69 de este ordenamiento, pudiendo sancionarse al servidor p煤blico omiso con inhabilitaci贸n hasta por dos a帽os para el desempe帽o de cargos p煤blicos. En caso de subsistir la falta de presentaci贸n, la inhabilitaci贸n continuar谩 indefinidamente hasta el momento en que se subsane la omisi贸n.

5.- 驴Se pueden hacer p煤blicas las declaraciones o la informaci贸n contenida en las declaraciones de situaci贸n patrimonial de los servidores p煤blicos?

De acuerdo con el art铆culo 28 fracci贸n I de la Ley de Transparencia e Informaci贸n P煤blica en el Estado de Jalisco, se establece que estos datos son considerados como INFORMACI脫N CONFIDENCIAL, esto es la informaci贸n que contenga datos personales o la relativa a su identidad, su origen, vida familiar, domicilio, n煤mero telef贸nico, patrimonio y an谩logas esto es concernientes al derecho de la intimidad del Servidor P煤blico, datos que contienen el car谩cter de confidenciales, por lo que de acuerdo con el art铆culo 31 y 33 de la Ley de Transparencia, dicha informaci贸n es intransferible e indelegable, en consecuencia s贸lo podr谩 ser proporcionada a su titular, a su representante legal o a la autoridad judicial que funde y motive su solicitud.

En ese tenor, el art铆culo 61 y 62 del mismo ordenamiento legal establece que los servidores p煤blicos que incumplan en cualquiera de las obligaciones de conservaci贸n y custodia de documentos e informaci贸n que tenga bajo su cuidado, o a la que tuviere acceso impidiendo o evitando el uso, la sustracci贸n, ocultamiento o utilizaci贸n indebida de esta, incurren en responsabilidad administrativa, de igual forma de conformidad con el art铆culo 33 de la Ley de Transparencia establece que los sujetos obligados no podr谩n difundir, distribuir, publicar o comercializar la informaci贸n confidencial contenida en sus sistemas de informaci贸n o en sus archivos, salvo que as铆 lo autorice de manera expresa el titular de esta informaci贸n, de manera personal mediante poder especial que conste en Escritura P煤blica.

Cabe mencionar que solamente podr谩 difundirse el listado de los servidores p煤blicos que fueron omisos de presentar su declaraci贸n patrimonial, inicial, anual y final seg煤n lo establecido por la ley. Esto es, el nombre del servidor p煤blico y el tipo de declaraci贸n omisa.