LEGISLADORES AVALAN AMPLIAR PLAZO DE DESCUENTOS EN PAGOS DE PREDIAL Y AGUA EN DOS MUNICIPIOS

23 Abril 2020

Los diputados locales aprobaron que los 125 municipios a realizar condonaciones de hasta el 100% (cien por ciento) a los contribuyentes que realicen el pago de los derechos y/o productos previstos en sus respectivas ley de ingresos para el ejercicio fiscal 2020, por los conceptos de actas de defunción, de inhumaciones, actas de matrimonio, actas de nacimiento,  reinhumaciones, cremaciones, introducción de cenizas, exhumaciones y demás análogos necesarios para la disposición final de los restos humanos derivados de la pandemia COVID-19.

Durante sesión extraordinaria se avaló que dicha autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020 y será aplicable en los casos que la defunción de la persona que haya fallecido por motivo del COVID-19.

Asi mismo, se aprobó que el municipio de Tonalá, amplie el periodo de pronto pago de predial hasta el 30 de junio con el 5 por ciento de descuento; asi como la exención del pago de actualizaciones y recargos por el pago extemporáneo de todo tipo contribuciones municipales, con excepción de multas, lo anterior en el periodo que comprende de enero a junio del presente ejercicio fiscal 2020; además la exención del pago del acta de defunción para los casos confirmados, probables o sospechosos de Coronavirus. Tambien, se avaló la exención el pago del derecho por el uso de piso de tianguis, de puestos semi-fijos y de espacios abiertos afectados por la suspensión de actividades comerciales no esenciales, correspondiente a los meses de abril y mayo de 2020; asi como el pago de arrendamiento de los locales, en los mercados municipales para aquellos comerciantes afectados por la suspensión de actividades comerciales no esenciales, correspondiente a los meses de abril y mayo del 2020. Esto con un impacto presupuestal  de 2 millones 598 mil pesos.

Por su parte, tambien se dio visto bueno para que el municipio de Atengo amplie su periodo de pronto pago del 5 por ciento en Predial y Agua Potable hasta el 30 de mayo, ya que se tenia previsto anteriormente hasta el 30 de Abril, generando un impacto presupuestal de 2 millones 767 mil 50 pesos.

Posteriormente, se aprobó que el municipio de Tepatitlan de Morelos no genere multas por  el incumplimiento de las obligaciones de pago del impuesto predial durante los meses de mayo, junio y julio; además de exentar el pago materia de uso de piso en la vía pública durante abril, mayo y junio en actividades comerciales o industriales y en Tianguis, que se encuentren al corriente de sus pagos hasta el 31 de marzo de 2020. Asi como tambien se prevee exentar el pago durante abril, mayo y junio en arrendamiento de locales en el interior y exterior de mercados de dominio público, que se encuentren al corriente de sus pagos hasta el 31 de marzo de 2020. Otorgar un subsidio del 20 por ciento en tarifas de agua potable para uso habitacional en los meses de mayo, junio y julio.

Además dicho municipio ampliará en 50 por ciento de descuento a pensionados, jubilados, personas con discapacidad, viudas o que personas que tengan más de 60 años, del primero de mayo al primero de agosto, asi como el 90 por ciento sobre recargos y gastos de ejecución, pago en una sola exhibición y 75 por ciento de descuento en parcialidades, hasta el 15 de diciembre de 2020, en el sistema de Agua Potable; generando todo esto un impacto presupuestal  6 millones 641mil 733 pesos.

Por su parte, el municipio de San Miguel el Alto ampliará el periodo de pronto pago del 5 por ciento en Predial y Agua Potable hasta el 31 de Julio, generando un impacto presupuestal  10 millones de pesos. En el mismo tenor el municipio de Pihuamo ampliara su periodo de pronto pago del 5 por ciento de descuento en el Predial y Agua Potable hasta el 30 de Junio, con un impacto presupuestal  de 58 mil 988 pesos.

Finalmente, avalaron modificar el decreto de la solicitud de reestructura o refinanciamiento, del municipio de Tonala, ya que la Unidad de Coordinacion con Entidades Federativas (UCEF) solicito al municipio agregar al decreto los datos del Fideicomiso ya existente como garantía de pago al decreto y aclarar fuentes de pago.

Ooo000ooO