DIPUTADOS ELIMINAN IMPEDIMENTO DE MATRIMONIO A PORTADORES DE VIH Y OTRAS ENFERMEDADES

23 Octubre 2019

Los legisladores locales alcanzaron el consenso para realizar reformas a distintas leyes con el fin de eliminar el impedimento a contraer matrimonio que se mantenía hasta hoy a aquellos jaliscienses que padecen enfermedades crónicas degenerativas, hereditarias, entre otras.

La autora de la iniciativa, la legisladora Mariana Fernández Ramírez, manifestó al momento de la presentación, dentro del marco por la Conmemoración del Día Internacional contra la LGBTFobia, que esta legislación se traducía en una discriminación hacia esas personas, por lo que formuló un planteamiento para modificar el Código Civil y la Ley del Registro Civil.

La finalidad de la iniciativa de ley busca que quienes viven con VIH o cualquier otra enfermedad crónica e incurable ejerzan sus derechos: “Es una oportunidad para demostrar que podemos derrumbar esas barreras que nos hacen diferentes y que en algún momento fueron edificadas por el odio y la discriminación”, expresó la legisladora.

Para hacer válido este derecho, los contrayentes deberán presentar un escrito firmado por ambos en el que conste que existe conocimiento previo y que dan su consentimiento para celebrar el matrimonio. Así como acreditación expedida por una institución de salud pública, que han recibido la información sobre los alcances, efectos y prevención de la enfermedad.

Licencias a servidores públicos

Con el objetivo de contribuir a que la equidad de género y fortalecer la responsabilidad de la crianza de los hijos entre padre y madre, los diputados del Congreso de Jalisco modificaron la legislación para ampliar de cinco a 15 los días la licencia por paternidad para los servidores públicos del Estado.

Los legisladores modificaron el Artículo 43 de la Ley de Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios para establecer que los trabajadores al servicio del estado, los ayuntamientos y organismos públicos, puedan ausentarse de su responsabilidad hasta por 15 días hábiles, periodo que podrá ser otorgado previa o posteriormente al nacimiento del bebé.

Los representantes populares también modificaron otros dos artículos de la misma ley, para otorgar una licencia, a los trabajadores al servicio del Estado que sufran la enfermedad en alguno de sus hijos menos de 16 años de edad y que requieran hospitalización.

La extensión del permiso y si este es con goce de sueldo total o parcial, dependerá de la antigüedad del trabajador, y podrá fragmentarse durante un año de acuerdo a las necesidades de la familia.