DIPUTADOS APRUEBAN LEY QUE OTORGA PERDÓN A MUJERES VIOLENTADAS QUE ATENTARON CONTRA SU AGRESOR

23 Octubre 2019

Los diputados del Congreso de Jalisco aprobaron ya la nueva Ley de Amnistía para las Mujeres Víctimas de Violencia de Género, beneficio que alcanzará a todas aquellas, que luego de sufrir abusos y lesiones físico o sexual, atentaron contra su agresor.

El dictamen fue aprobado por la Asamblea por unanimidad, luego de que se trabajara y avalara en las comisiones de Seguridad y Justicia y Estudios Legislativos y Reglamentos. La iniciativa fue presentada por el Diputado Salvador Caro Cabrera el pasado mes de Septiembre.

Se lee en el cuerpo del documento que la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres deberá instrumentar políticas públicas orientadas a garantizar la protección a las mujeres al beneficio de la amnistía a fin de proteger su integridad ante tal circunstancia.

En la exposición de motivos, el autor de de la propuesta señala que “buscando  reparar  las  violaciones  de que han sido víctimas y bajo el reconocimiento de que las mujeres forman  parte  esencial  de  la  vida  social,  política  y  económica  del Estado,  se  propone  extinguir  la  responsabilidad penal,  a  todas  aquellas  mujeres  que mediante  alguna  conducta  de acción  u  omisión,  hubieren  causado  lesiones  o  la  muerte  a  su esposo, cónyuge, concubino o pareja sentimental, con motivo de la defensa de su dignidad humana como mujer.

Este marco legal aplicaría bajo las siguientes condicionantes: que la mujer se  encuentre  condenada  con  sentencia  firme  o procesada  por  el  delito  de  lesiones,  homicidio  o parricidio, conforme al Código Penal del Estado de Jalisco. Acreditar antecedentes de sufrir violencia sistemática, ya sea física  o  sexual,  por  parte  del sujeto  pasivo, y que éste haya sido su esposo, cónyuge o pareja sentimental; que exista evidencia suficiente  que  compruebe  que  la  sentenciada  o procesada,  por  motivos  de  la  violencia  a  la  que  se hace  referencia,  fue  lo  que  motivó  a  la ejecución   del   hecho.

Adicionalmente, deberá cumplir con otros requisitos: No  tener antecedentes penales por  delitos  dolosos, ni sentencias firmes por diverso delito ni estar sujeta a otro proceso penal del fuero común o federal por delito doloso,  ni  que  exista  evidencia que pruebe que fueron provocadoras y/o generadoras  de  violencia  de  género  o  violencia familiar.

Así como haber cubierto o garantizado el pago de la reparación del daño integral; que el delito haya sido cometido con anterioridad a la fecha de la conclusión de la transición al Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral en el Estado de Jalisco,  es  decir,  hasta  antes  del  16  de  Junio  de 2016.

En cualquier momento la procesada o sentenciada podrá promover la aplicación de la amnistía ante el juez de ejecución de sanciones, quien resolverá en audiencia única si reúnen los requisitos de procedencia, de cumplir con los mismos, decretará la libertad de manera  inmediata y ordenará la eliminación del antecedente criminal respecto del hecho reprochado.

La amnistía extingue las acciones penales y las sanciones impuestas respecto de los delitos que comprende, dejando subsistente la responsabilidad civil, y a salvo los derechos de quienes puedan exigirla.

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B737.2310.PLENO.LEY.AMNISTÍA.HML