BUSCA AUMENTAR SANCIONES EN EL DELITO DE ABUSO SEXUAL INFANTIL

25 Agosto 2020

El diputado Javier Romo Mendoza presentó en rueda de prensa una iniciativa de ley denominada “Las niñas y los niños no se tocan”, en la que se contempla aumentar las penas contra los abusadores sexuales con hasta 9 años en prisión y una multa de hasta 86 mil pesos.

De reformar el Código Penal del Estado de Jalisco, también se establecerá una penalidad mayor que va de los 10 a los 12 años de prisión  cuando los actos de  corrupción conlleven a la habitualidad, iniciación o práctica de la actividad sexual del menor o se realicen de manera reiterada sobre un menor de edad, o persona que no tenga  la capacidad de comprender el significado del hecho así como la capacidad de resistir la conducta,  y dicha sanción también se aplicará a sujetos que reiteren el delito.

Además, la propuesta considera que cuando el acto de corrupción se realice a través de las tecnologías de la información y la comunicación, al responsable se le impondrá de seis a doce años de prisión y multa de doscientos cincuenta a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), sin perjuicio de las penas correspondientes a los demás delitos que en su caso se cometan.

El legislador Romo Mendoza añadió que cuando se trate de los actos mencionados y el sujeto activo del delito empleare cualquier tipo de violencia, o se valiese de alguna situación de mando, poder, función pública o autoridad que tuviere, la pena será de siete a doce años de prisión y multa de doscientos a mil veces el valor diario de la UMA.

Agregó que actualmente el Código Penal de Jalisco establece que el delito únicamente se genera cuando se crea el hábito de actividad sexual, ya que con el solo hecho de que una niña sea encontrada en un auto desnuda y ésta denuncie que un adulto, en su posición de poder tocó sus partes, debe castigarse.

Finalmente, manifestó que dicha iniciativa la presentará en la próxima sesión plenaria, ya que no se puede seguir permitiendo que algún juez o algún funcionario con falta de criterio y sensibilidad, justifique el acto apelando que el acusado no causó un delito por el hecho de que la niña no sintió placer o no se generó un hábito, tras el acto cometido.