| Fundamento Jurídico de la Comisión |
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Lo destacado |
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Artículo 96.
1. Corresponde a la Comisión de Planeación Para el Desarrollo el estudio y dictamen o el conocimiento,
respectivamente, de los asuntos relacionados con:
I. La legislación en materia de planeación del desarrollo del Estado, así como de la legislación en materia de
programación sectorial y regional, incluyendo las políticas, estudios y proyectos específicos;
II. Las políticas,... leer mas
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