Artículo 93.
1. Corresponde a la Comisión de Juventud y Deporte el estudio y dictamen o el conocimiento,
respectivamente, de los asuntos relacionados con:
I. La legislación en materia de apoyo a la juventud y fomento al deporte ; y
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II. Las políticas, planes y programas proyectos de promoción, atención, difusión y fortalecimiento del deporte
y apoyo a la juventud; leer mas