Articulo 81.
1- Corresponde a la Comision de Desarrollo Economico, el estudio y dictamen o el conocimiento, respectivamenrte, de los asuntos relacionados con :
I. La legislacion en materia de desarrollo y promoción económico integral;
II. Los planes y programas de desarrollo económico; y
III. Las políticas, programas y proyectos de apoyo financiero a las actividades para el desarrollo económico... leer mas