PRESENTA EL DIPUTADO CLEMENTE CASTAÑEDA INICIATIVA DE LEY PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA

En conferencia de prensa especificó los ejes principales y las sanciones propuestas, que van desde multa hasta 16 años de prisión.

El diputado Clemente Castañeda Hoeflich, coordinador del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano y actual presidente de la Mesa Directiva del Congreso, presentó en conferencia de prensa la iniciativa de Ley para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Tortura, por tratarse de un delito que pone de manifiesto la debilidad en la procuración de justicia  y constituye una de las violaciones más severas contra los derechos humanos, con un incremento a nivel nacional del 500 por ciento en los últimos siete años.

Dijo que esta iniciativa la comparte con el diputado Hernán Cortés Berumen y es inaplazable actuar contra esta práctica, debido a que en Jalisco se cuenta desde hace 20 años con una ley  para prevenirla y combatirla, sin resultados, a pesar de que la Comisión Estatal de Derechos Humanos ha recibido 991 quejas, derivando en 39 recomendaciones que involucran a más de 400 servidores públicos.

Subrayó el diputado Castañeda Hoeflich que jamás se ha iniciado una averiguación previa para castigar la tortura; las instituciones públicas “nunca han aplicado el Protocolo de Estambul para investigar los casos y nadie ha sido consignado por este delito, registrándose por lo tanto una tasa de impunidad del 100 por ciento”.

El fracaso institucional es en distintos frentes: “en primer lugar del gobierno y sus instancias de procuración de justicia, que con la tortura fabrican un delito, fabrican culpables y terminan fabricando víctimas; en segundo lugar, de los organismos garantes de derechos humanos, que a pesar de las quejas recibidas no denuncian penalmente los actos de tortura; la CEDHJ ha emitido 17 recomendaciones sobre tortura en su actual administración, pero la Fiscalía General señala que nunca ha recibido una denuncia sobre tortura; en tercer lugar, de las instancias periciales como el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, que nunca ha aplicado el Protocolo de Estambul, aunque la CEDHJ se lo haya solicitado en 155 ocasiones desde 2008”.

Por lo tanto, se trata tener una ley que genere obligaciones, contrapesos y responsabilidades claras para todas las instancias involucradas. Entre los ejes principales, que contrastan con la norma vigente, están los siguientes:

Se establece una definición de tortura apegada los tratados internacionales y a las características prácticas del fenómeno, facilitando su prevención, investigación y sanción. Por ejemplo, se elimina el requisito de “gravedad” para acreditarla y la “finalidad específica” de obtener confesiones, y se integran otras conductas que, aunque no causen daños físicos graves, signifiquen un menoscabo a la dignidad de las personas o a su integridad psicológica. La imprescriptibilidad del delito y que quien sea acusado del mismo no podrá gozar de sustitución de pena, indultos o cualquier figura similar, aspectos de los que carece la ley vigente.

También se conserva como sujetos activos del delito a los servidores públicos, pero además se incorporan dos elementos: la complicidad de particulares y la posibilidad de que un servidor público autorice, induzca o tolere los actos de tortura cometidos por particulares.

Cuando una persona privada de la libertad manifieste un severo menoscabo físico o alegue ser víctima de tortura, corresponderá a las autoridades la carga de la prueba; se establece como obligación de la CEDHJ presentar una denuncia de hechos por casos de tortura, siempre que reciba una queja al respecto; se plantea una vinculación efectiva con las leyes de víctimas nacional y estatal, para que se repare el daño y se respeten los derechos y la dignidad de las víctimas de este delito.

Se crea una comisión estatal para prevenir y eliminar la tortura, con presencia de académicos y sociedad civil. No generará más burocracia ni reñirá funciones con otras instancias, como la CEDHJ, sino que servirá para supervisar y dar garantías al cumplimiento de la ley; se crea un marco para la aplicación de los exámenes médicos; otorga facultades a los organismos de derechos humanos para que realicen visitas a centros de detención y verificar las condiciones de los detenidos, inhibir o denunciar prácticas de tortura.

Las sanciones y penalidades

Destacó el diputado Clemente Castañeda que dado que constituye una violación muy grave a los derechos, se incrementan las sanciones, con prisión de siete a 16 años; de 500 a mil días de multa y la inhabilitación permanente del cargo (actualmente la sanción es de uno a nueve años y la inhabilitación no es definitiva). Adicionalmente, la pena se duplica si el delito se comete contra un grupo vulnerable o se causa la muerte de la víctima. Finalmente, se establecen como nuevas agravantes los casos de tortura contra pueblos indígenas, migrantes, adolescentes y mujeres.

Espera que en las siguientes semanas haya técnicamente un debate en las comisiones a las que se turnó la iniciativa para su estudio, y de esta forma enriquecer la discusión.  Anunció que se propondrá en la próxima sesión del Pleno invitar al Fiscal General, al presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y al Director del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, para que, entre otras cosas, expliquen por qué las instituciones han fracasado, al grado que en 20 años no se ha castigado a nadie por el delito de tortura.

Cabe recordar que una iniciativa similar fue presentada en mayo pasado por el diputado priista Jaime Prieto Pérez, en su iniciativa de Ley Estatal para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Tortura.

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