DIPUTADOS APRUEBAN ORDENAMIENTO QUE REGULA LA ACTIVIDAD DE LAS ESCOLTAS

05 Diciembre 2018

Con el propósito de terminar con el uso indiscriminado y discrecional de los escoltas asignados a funcionarios públicos, los legisladores aprobaron en sesión extraordinaria, la Ley del Servicio de Protección para el Estado de Jalisco y sus municipios, con modificaciones al Código Penal entre otras leyes.

En dicha reglamentación, se establece que el servicio de protección se brindará a través de la Secretaría de Seguridad o de la Fiscalía, según corresponda; entre los funcionarios que tendrán derecho a escoltas se encuentra el Gobernador del Estado,  con 10 elementos asignados y 2 automóviles blindados; el Secretario General de Gobierno,  con dos 2 custodios y un automóvil blindado, el Fiscal General contará con 10 personas al servicio de su protección y  dos automóviles blindados, entre otros.

En el dictamen se puntualiza que una vez que entre en vigor dicha Ley, los servidores públicos asignados a servicios de seguridad y vigilancia, deberán presentarse con los vehículos, armamento y demás equipo otorgados para la realización de su comisión, a efecto de saber su lugar de asignación en un plazo máximo de diez días y en caso de que dichos servidores públicos no se presenten, la dependencia a la que pertenecen, iniciará el proceso administrativo de sanción correspondiente.

Ley de Planeación Participativa para el Estado de Jalisco y sus Municipios

Además durante la misma sesión, los diputados aprobaron la creación de la Ley de Planeación Participativa para el Estado de Jalisco y sus Municipios, la cual deja sin efecto la Ley de Planeación del Estado de Jalisco. En el dictamen se puntualiza que con dicha ordenanza, se busca  implementar una planeación moderna con apertura de las relaciones institucionales entre las distintas dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal, así como con la sociedad de acuerdo a las políticas públicas.

En la ley se establece que la planeación participativa para el desarrollo, estará orientada según las necesidades prioritarias de la población: a través del diseño e implementación de políticas públicas, que tienen como objetivo el combate a la pobreza, la desigualdad, exclusión social y la cultura de paz, buscando el desarrollo de habilidades, destrezas y capacidades que empoderen a las personas, al incluirse en la toma de decisiones para la planeación participativa y desarrollo del Estado.

Ley del Notariado del Estado de Jalisco y de la Ley Orgánica de la Procuraduría Social

Por otro lado, con la finalidad de que la práctica notarial en el estado sea cada vez más eficiente y cumpla con los objetivos dispuestos por el marco jurídico aplicable, los legisladores aprobaron reformar  la Ley del Notariado del Estado de Jalisco y la Ley Orgánica de la Procuraduría Social del Estado de Jalisco, con dichas modificaciones se otorgaran mayores atribuciones  y responsabilidades a la función notarial.

Entre estas, se establece en el artículo 9º que  para obtener la patente de aspirante al ejercicio del notariado, se requiere haber practicado durante tres años por lo menos en alguna de las notarías del Estado, y el aspirante deberá dar aviso a la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado y al Consejo de Notarios, de la fecha de inicio y conclusión de su práctica notarial, manifestando por escrito que la misma fue autorizada por el Notario donde prestó su servicio.

Aprueban Bando Solemne

Finalmente el Diputado Salvador Caro Cabrera,  Presidente de la Mesa Directiva, declaró que una vez que se han cubierto las etapas señaladas en la ley y efectuada la validez de elección, el Congreso de conformidad con la declaratoria recibida del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), hace del conocimiento al pueblo de Jalisco que el ciudadano  Enrique Alfaro Ramírez, es Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, para el periodo comprendido del día 6 de diciembre de 2018 al día 05 de diciembre de 2024.