APRUEBA EL CONGRESO QUE SE PERMITA EL DIVORCIO DE CÓNYUGES SIN APLICAR 19 CAUSALES

30 Octubre 2018

El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Civil para hacer posible el divorcio sin causa, ya que en Jalisco existen 19 causales, entre las que destacan la incompatibilidad de caracteres, infidelidad sexual, violencia intrafamiliar, ser borracho, drogadicto o vicioso al juego, incitar a la pareja a que cometa un delito o a que se prostituya, separación del hogar por más de seis meses sin o más tiempo sin o causa justificada o actos inmorales con el fin de corromper a los hijos.

Con la iniciativa del Diputado Salvador Arellano Guzmán, Jalisco será el estado 23 que a nivel nacional aplique la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia Nacional, emitida en 2015, que señala que no debe haber causales de divorcio.

En la sesión ordinaria del Congreso, se hicieron algunas modificaciones al dictamen, en las que señalan que son causas de divorcio por mutuo consentimiento o la solicitud de cualquiera de los cónyuges sin necesidad de atender a un motivo, y el artículo 149 del Código Civil quedó como sigue:

El cónyuge que no quiera pedir el divorcio podrá solicitar que se suspenda su obligación de cohabitar con su consorte, cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias:

Cuando alguno de ellos padezca una enfermedad que sea crónica o incurable, contagiosa o hereditaria, ponga en peligro la vida del otro cónyuge y se prolongue por más de dos años; o cuando padezca enajenación psíquica incurable declarada judicialmente.

El juez, con conocimiento de causa, podrá decretar esa suspensión, quedan subsistentes las demás obligaciones creadas por el matrimonio.

EDUCACIÓN BILINGÜE E INTERCULTURAL

Por otra parte, el Pleno del Congreso votó a favor reformas a la Ley de Educación del Estado, con el propósito de garantizar que la educación obligatoria sea bilingüe e intercultural.

 Se entenderá por educación intercultural aquella que reconozca y atienda a la diversidad cultural y lingüística, que promueva el respeto a las diferencias, que procure la formación de la unidad nacional, a partir de favorecer el fortalecimiento de la entidad local, regional y nacional, así como el desarrollo de las actividades y prácticas que atiendan la libertad y justicia para todos.

La iniciativa fue presentada por los diputados Verónica Magdalena Jiménez Vázquez, Mónica Almeida López, María Antonieta Vizcaíno Huerta, Francisco Javier Álvarez Chávez, José Alberto Casas Reynoso, María de Lourdes Martínez Pizano, Víctor Manuel Tenorio Adame, Luis Fernando Nájera Pérez, Salvador Álvarez García, María del Consuelo Robles Sierra, Oscar González Espinoza, Eduardo Sebastián Pulido Cárdenas, Salvador Caro Cabrera y Alberto de Santiago Velasco Macías.

SANCIONES A MOTOCICLISTAS

Por otra parte, se votaron a favor modificaciones a la Ley de Movilidad y Transporte, a efecto de que  los motociclistas sean sancionados por no respetar los carriles de circulación, por ir en paralelo con otros vehículos, circular en sentido contrario o sobre las banquetas, no transitar por la derecha y otras anomalías que cometen con frecuencia.

La iniciativa, promovida inicialmente por el Diputado José García Mora y en la que participaron más legisladores de las diferentes fracciones parlamentarias, fue modificada, en el sentido de que los conductores acrediten con la documentación correspondiente, la identidad del solicitante de la licencia, su domicilio, tipo de sangre y manifestar si se padece alergia farmacológica, así como realizar dentro Dirección encargada de la Secretaría de Movilidad, el procedimiento necesario para que la licencia que se expida contengan los datos que identifiquen a su portador, sobre todo para casos de accidentes. El monto de las infracciones seguirá igual, es decir, no se incrementaron.

CÓDIGO URBANO

Otro de los puntos aprobados por los legisladores, se refiere a adicionar algunos artículos transitorios al diverso 26719/LXI/17que contiene reformas al Código Urbano y a la Ley de Coordinación Metropolitana, de acuerdo con la iniciativa presentada por los diputados Salvador Caro Cabrera, Augusto Valencia López y Alberto de Santiago Velasco Macías.

El artículo tercero transitorio precisa que las obras urbanísticas que hayan sido autorizadas  conforme al artículo 176 del Código Urbano, previo a la entrada del decreto correspondiente, seguirán rigiéndose por las disposiciones por las cuales fueron autorizadas en su momento.

Y el artículo cuarto señala que los procesos de elaboración y actualización de los programas y planes de ordenamiento territorial y urbano que hubieren iniciado previo a la entrada del mismo decreto, continuarán también hasta su conclusión.